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Vivir Las RozasNo oficial
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Fallece un familiar

Guía no oficial. La ficha oficial manda.

Orden habitual tras un fallecimiento. Para herencias complejas, consulta a un profesional.

IEn este orden

  1. 01
    Inscripción de la defunción

    Registro del fallecimiento en el Registro Civil; normalmente lo gestiona la funeraria.

    Plazo: sin dato

  2. 02
    Certificado de defunción

    Necesario para bancos, pensiones y herencia.

    Plazo: Al momento si se puede emitir online; si no, por correo postal

  3. 03

    Pasados 15 días hábiles

    Certificado de últimas voluntades

    Dice si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Imprescindible para la herencia.

    Plazo: Desde 15 días hábiles después del fallecimiento

  4. 04
    Pensión de viudedad (y orfandad)

    Pensión para el cónyuge o pareja de hecho y los hijos del fallecido.

    Plazo: Sin límite para pedirla; si la pides en los 3 meses siguientes al fallecimiento, se cobra desde ese momento; si no, con un máximo de 3 meses de retroactividad

  5. 05
    Plusvalía municipal por herencia

    Si heredas un inmueble en Las Rozas, declaras la plusvalía municipal.

    Plazo: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables)

    AyuntamientoFicha oficial
  6. 06

    Plazo: 6 meses desde el fallecimiento

    Impuesto de Sucesiones (Comunidad de Madrid)

    Impuesto autonómico de la herencia; en Madrid existe bonificación amplia para familiares directos.

    Plazo: 6 meses desde el fallecimiento (confirmar)

    Comunidad de MadridFicha oficial
  7. 07

    Si había un vehículo a su nombre

    Cambio de titularidad (comprar o vender un coche)

    El comprador registra el coche a su nombre; el vendedor debe notificar la venta.

    Plazo: 30 días desde la compra

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