Fallece un familiar
Guía no oficial. La ficha oficial manda.
Orden habitual tras un fallecimiento. Para herencias complejas, consulta a un profesional.
IEn este orden
- 01Inscripción de la defunción
Registro del fallecimiento en el Registro Civil; normalmente lo gestiona la funeraria.
Plazo: sin dato
EstadoFicha oficial - 02Certificado de defunción
Necesario para bancos, pensiones y herencia.
Plazo: Al momento si se puede emitir online; si no, por correo postal
EstadoFicha oficial - 03
Pasados 15 días hábiles
Certificado de últimas voluntadesDice si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Imprescindible para la herencia.
Plazo: Desde 15 días hábiles después del fallecimiento
EstadoFicha oficial - 04Pensión de viudedad (y orfandad)
Pensión para el cónyuge o pareja de hecho y los hijos del fallecido.
Plazo: Sin límite para pedirla; si la pides en los 3 meses siguientes al fallecimiento, se cobra desde ese momento; si no, con un máximo de 3 meses de retroactividad
EstadoFicha oficial - 05Plusvalía municipal por herencia
Si heredas un inmueble en Las Rozas, declaras la plusvalía municipal.
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables)
AyuntamientoFicha oficial - 06
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Impuesto de Sucesiones (Comunidad de Madrid)Impuesto autonómico de la herencia; en Madrid existe bonificación amplia para familiares directos.
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento (confirmar)
Comunidad de MadridFicha oficial - 07
Si había un vehículo a su nombre
Cambio de titularidad (comprar o vender un coche)El comprador registra el coche a su nombre; el vendedor debe notificar la venta.
Plazo: 30 días desde la compra
EstadoFicha oficial
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